TRANSPARENCIA

Colegio de Economistas de Aragón.
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TRANSPARENCIA

El Colegio de Economistas de Aragón tiene como misión la defensa de su cultura y valores profesionales. Vertebrador social, económico e intelectual, sus principales ejes de trabajo se centran en el desarrollo y difusión de su función deontológica, la formación continua y el desarrollo profesional, cumpliendo y aplicando sus obligaciones de Transparencia.

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COLEGIO ECONOMISTAS DE ARAGÓN ESTATUTOS

De manera directa o indirecta, nuestro trabajo siempre afecta a la ciudadanía y se sustenta en tres pilares: la independencia de criterio profesional, la responsabilidad personal del/la profesional y finalmente, el control del ejercicio profesional por parte de un órgano independiente y autónomo, es decir, el Colegio.

COLEGIO ECONOMISTAS DE ARAGÓN MEMORIAS

La Memoria de Responsabilidad Social Corporativa es el fruto del compromiso adoptado por nuestro Colegio para la integración de la RSE como herramienta de gestión en la organización. Para la elaboración de las memorias hemos seguido los criterios de la Global Reporting Iniciative (GRI). Con estas memorias pretendemos facilitar información a nuestros principales grupos de interés dando información relevante sobre las actuaciones llevadas a cabo en el ámbito económico, social y medioambiental.

Pueden descargarse dichas memorias en formato PDF.

COLEGIO ECONOMISTAS DE ARAGÓN CÓDIGO BUEN GOBIERNO CORPORATIVO Y CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES TEMPORALES

La Junta de Gobierno del Colegio de Economistas de Aragón aprueba en abril del 2016 su Código de Buen Gobierno Corporativo. Un documento que tiene por objeto establecer los principios y normas de conducta que deben respetar los miembros de su Junta de Gobierno en el ejercicio de sus funciones, con el fin de garantizar un modelo de gobierno Social, Ético, Transparente y Eficaz. El código consta de 18 artículos y recoge obligaciones referentes a la dedicación, confidencialidad y declaraciones públicas, supervisión, independencia, incompatibilidades, transparencia, conflicto de intereses, uso de los activos colegiales, incumplimientos y responsabilidad frente al medioambiente.

Necesitamos organizaciones grandes o pequeñas, privadas o públicas que se construyan en base a sistemas y estructuras eficientes y eficaces. Sólo así el liderazgo podrá ser sólido. En nuestro caso, la ausencia de ánimo de lucro ha dejado de ser suficiente para garantizar la honestidad y buena gestión de la organización, razón por la que también el sector colegial se une cada vez más a la incorporación de la RSE como herramienta de gestión en sus organizaciones. El código de buen gobierno es una prueba de ello.

¿Quieres conocer de primera mano el Código de Buen Gobierno?

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Código de Conducta para la realización de Inversiones Temporales

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COLEGIO ECONOMISTAS DE ARAGÓN CÓDIGO DEONTOLÓGICO

El economista debe respetar ciertos principios en el ejercicio de su profesión. Para ello, el Consejo General de Colegios de Economistas ha elaborado un Código Deontológico, para todos los Colegios Profesionales y sus colegiados, en el que se recogen, de un lado, los principios que rigen la actuación profesional – como indica el estatuto de la profesión, en su capítulo III- y, de otro, algunas pautas de carácter práctico que ayudan a la aplicación de estos principios.

Además, regula las obligaciones del economista con su organización colegial y las relaciones de éste con las administraciones públicas.

Este Código será utilizado por el profesional que, de forma independiente o libre o como colaborador social de la Administración, desarrolle tareas propias de un economista a un cliente sin formar parte de su organización.

¿Quieres conocer de primera mano el Código Deontológico que vela por la ética y la dignidad profesional del economista?

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Colegio de Economistas de Aragón Honorarios profesionales

La Ley 25/2009, de 22 de diciembre (que modifica la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales), en su artículo 14 textualmente establece que “los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales no podrán establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales.

Los economistas tienen plena libertad para poder acordar con sus clientes el importe o la forma de realizar el cálculo de la retribución por la realización de sus servicios profesionales, respetando siempre las reglas de la libre competencia.

Los Criterios del Colegio de Economistas de Aragón que recogen las pautas reflejadas en los dictámenes sobre honorarios emitidos a requerimiento judicial, obedecen a la única finalidad de cumplir con las obligaciones que las leyes procesales imponen a los Colegios Profesionales, pero no constituyen en modo alguno recomendación para los economistas colegiados respecto a los honorarios por los servicios profesionales prestados.

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